¿Cuándo puedo comenzar a percibir la renta de mi fondo de retiro?

El momento en el que uno va a recibir la renta se define libremente al contratar la póliza, y puede ser cambiado las veces que se desee durante la vigencia de la misma, dependiendo del objetivo y necesidades de quien suscriba a la misma.

¿Cómo puede ser esta renta?

Hay distintos tipo de rentas:

  • Normal o básica: es una renta vitalicia que se cobra mientras el asegurado esté con vida.
  • Garantizada por 5, 10 o 15 años: es una renta vitalicia similar a la normal, pero con el aditamento que al fallecimiento del titular, el beneficiario continúa cobrando la renta hasta cumplir el tiempo garantizado.
  • Renta extensible a un tercero por 50%, 75% o 100%: si el asegurado fallece, el beneficiario designado en la póliza sigue cobrando la renta mientras viva, al porcentaje elegido.
  • Renta temporaria: se contrata por un periodo determinado que puede ser de 5 a 10 años, el asegurado, en dicho lapso agota el capital acumulado.

¿El valor de la renta se mantiene siempre igual?

El valor de la renta inicial calculada se incrementa periódicamente con la rentabilidad obtenida por la compañía.